Los nuevos desafíos de la reproducción asistida.

Reflexiones éticas y jurídicas desde la perspectiva del Derecho Penal

Prof. Dr. Enrique Peñaranda Ramos

COMENTARIO EDITORIAL

Prof. Carmen Tomás-Valiente Lanuza

Veinticinco años después del logro de los primeros éxitos de las técnicas de fecundación in vitro, los interrogantes tanto de índole ética como jurídica planteados en el campo de la reproducción asistida no han hecho sino intensificarse. Si ya en aquellos momentos iniciales se suscitó una vivísima polémica en cuanto a la admisibilidad de dichas técnicas, ya en sí mismas consideradas, ya a la luz de sus más inmediatas implicaciones (especialmente en lo relacionado con la inevitable creación de preembriones sobrantes y el destino de los mismos), el debate ha vuelto a cobrar actualidad y vigor a medida que los avances científicos en este campo (y en otros muy ligados a él, como el de la Genética) van abriendo nuevas posibilidades, algunas de ellas casi inimaginables hasta hace bien poco tiempo. El hecho de que en la actualidad sean ya factibles técnicas como el diagnóstico genético preimplantatorio (sea con finalidades terapéuticas para el propio embrión, sea con vistas a seleccionar e implantar un embrión histológicamente compatible con un hermano enfermo para lograr la curación de este último mediante, por ejemplo, el trasplante de células madre de la sangre del cordón umbilical generado en ese embarazo) o la selección de sexo, unido a los progresos de las investigaciones destinadas a hacer posible la clonación terapéutica como fuente de células madre (que al ser genéticamente idénticas al paciente podrían llegar a desempeñar un importantísimo papel en la curación de graves enfermedades, a través de la regeneración de tejidos, sin producir rechazo en el enfermo), obligan a la sociedad a plantearse múltiples interrogantes, todos ellos relacionados, a la postre, con cuál sea el grado de protección jurídica que se considera conveniente otorgar al embrión humano y en qué medida pueda ésta modularse, en su caso, al entrar en conflicto con otros intereses. Así, por ejemplo: ¿constituye toda selección de un embrión en función de determinadas características una manipulación e instrumentalización inaceptable por contraria a la dignidad de la vida humana? O por el contrario, ¿debe admitirse la selección en determinados casos, como la encaminada a la obtención de un embrión sano, aunque quizás no en otros, como cuando se trata de elegir el sexo del futuro bebé? Por otra parte, ¿es rechazable siempre y en todo caso la creación de embriones que no obedezca a una finalidad estrictamente reproductiva? ¿O debería permitirse su obtención a través de clonación terapéutica -aunque hay quien discute que aquí nos encontremos ante una verdadera creación de embriones-, si la finalidad perseguida es la de avanzar en la posible curación de graves enfermedades que afectan seriamente a la salud de millones de personas? En suma, ¿resulta admisible la ponderación de intereses en este ámbito, o debe rechazarse de plano por encontrarse en juego un valor supuestamente absoluto, como la dignidad de la vida humana?

Aunque elaborado por un jurista, el trabajo que el lector está a punto de disfrutar dista mucho de reducirse a una mera exposición de la actual regulación jurídica de las diversas técnicas encuadrables en el marco de la reproducción asistida o próximas al mismo. Ciertamente, el profesor Peñaranda no olvida repasar dicha normativa en sus aspectos más esenciales (lo que en el caso de España ha de incluir una forzosa referencia a su inminente modificación, puesto que contamos con un Proyecto de Ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida que en estas fechas apura los últimos pasos de su tramitación parlamentaria en el Senado, después de haber sido ya aprobado por el Congreso de los Diputados), pero tal cosa no constituye en puridad más que el insoslayable punto de partida desde el que abordar una reflexión más amplia, de mayor calado y, por descontado, de mucho mayor interés para el lector que el que podría proporcionar la sola exégesis de una serie de preceptos legales.

Lo que el autor nos ofrece es, en primer lugar, la identificación de las concepciones básicas sobre la vida humana y su protección jurídica que subyacen a los distintos modelos posibles de regulación de esta materia -más o menos restrictivos-, para, una vez clarificadas, contrastar su propia coherencia interna y su compatibilidad con prácticas sociales y jurídicas muy extendidas y aceptadas. Con una lógica impecable, huyendo de simplificaciones, y sirviéndose a menudo de ejemplos concretos que facilitan la lectura (entresacados de la literatura sobre el tema o de la propia jurisprudencia), el autor pone en cuestión especialmente la consistencia de una visión de la vida humana -que preside, al menos en parte, las legislaciones alemana e italiana en la materia, mucho más restrictivas que la española en todo lo referido a este tipo de técnicas- según la cual ésta supone un continuum dentro del cual no cabe hacer diferenciación alguna y que por tanto se considera merecedor de una igual protección desde sus estadios más iniciales hasta su terminación. Se muestra en cambio Peñaranda, como ya en alguna de sus obras anteriores, partidario de una concepción “gradualista” de la vida humana, cuya protección ha de ser modulada en función del estadio en el que se encuentre (antes o después de la implantación en el útero materno, antes o después del nacimiento), y desde esta premisa afronta con toda coherencia algunos de los interrogantes que más arriba dejábamos enunciados.

El lector podrá o no compartir las tesis defendidas por el profesor Peñaranda, pero en cualquier caso, al concluir la lectura de este trabajo, a buen seguro contará con una visión mucho más certera de las implicaciones de sus propios puntos de partida en esta compleja y polémica materia, en las que quizás él mismo no había reparado.