El suicidio médicamente asistido
Albert Royes i Qui
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RESUMEN |
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El suicidio médicamente asistido, como la eutanasia, constituyen formas diferentes de poner fin a la propia vida en determinadas circunstancias. Cuando la acción la realiza la propia persona con ayuda médica se denomina suicidio médicamente asistido; cuando es el médico quien causa directamente la muerte del propio paciente a petición de éste, se habla de eutanasia. Tanto en uno como en otro supuesto, el paciente debe reunir determinadas condiciones de salud y, especialmente, debe ser capaz de formular la petición de que otros le ayuden a poner fin a su vida para lo que debe gozar de pleno conocimiento y de capacidad de decisión. Esas condiciones, que se detallan en el artículo que aquí se resume, resultan imprescindibles para deslindar las actuaciones de eutanasia o de suicidio médicamente asistido del homicidio.
Nuestro país mantiene, al igual que otros muchos, la penalización de las
conductas de ayuda al suicidio, en cualquiera de sus modalidades, aunque el
propio código penal introduce atenuantes para quien así actuara por motivos
compasivos y a petición expresa del paciente. En este artículo se aboga por
despenalizar claramente la ayuda al suicidio y la eutanasia si dichas
acciones se efectúan con total respeto a los derechos fundamentales de las
personas, entre los cuales destaca la explícita voluntariedad, por lo que al
mismo tiempo debería mantenerse la calificación de delito tanto para la
inducción al suicidio como para la llamada eutanasia involuntaria. Pero, por otra parte, el artículo enfoca la ayuda al suicidio no sólo como una cuestión de derechos o de opciones de personas sufrientes a causa de su situación de salud, situación que les ocasiona muy frecuentemente una fuerte disminución de su calidad de vida; expone, además, que la asistencia al suicidio debe considerarse como una acción compasiva, empática, para con esas personas sufrientes, lo cual añade un elemento humanista de primer orden. Nada más lejos, pues, de consideraciones de carácter economicista o de motivaciones supuestamente eugenésicas que nada tienen que ver con lo que aquí se propugna. |